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El contrato social 3 - Capítulo XVI


El contrato social 3 - Capítulo XVI

17/08/2025 1.796 Palabras

Que la institución del gobierno no es un contrato Una vez bien establecido el poder legislativo, hay que establecer de la misma manera el ejecutivo; porque este último, que sólo obra por medio de actos particulares y no teniendo la esencia del otro, está naturalmente separado de él. Si fuese posible que el soberano, considerado como tal, tuviese el poder ejecutivo, el derecho y el hecho se hallarían confundidos de tal forma que no se podría saber lo que es ley y lo que no lo es; y el cuerpo político, apartado de este modo de su naturaleza, se vería muy pronto expuesto a la violencia contra la cual fue instituido. Siendo todos los ciudadanos iguales por el contrato social, todos pueden mandar lo que todos deben hacer, pero nadie tiene el derecho de exigir que otro haga lo que él no hace. Este es propiamente el derecho que el soberano da al príncipe cuando se instituye el gobierno; derecho indispensable para hacer vivir y mover al cuerpo político. Muchos han pretendido...